Abogado accidente de trabajo – A.R.T.

Estudio Jurídico Dr. Oscar J. Ruiz y Asociados 

Abogado Accidente de Trabajo
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Abogados Laborales especialistas en accidentes de trabajo 

Qué debo hacer cuando me ocurre un accidente de trabajo (o enfermedad laboral)?

Hay tres cosas fundamentales que se deben hacer al si Ud. sufre un accidente de trabajo o enfermedad de laboral.

Lo primero es comunicarse al teléfono de la ART (empresa aseguradora de riesgos del trabajo que le haya tocado en su lugar de trabajo), para solicitar asistencia médica y/o concurrir a un centro médico que estos indiquen.

En segundo lugar, usted debe dar aviso al empleador de que se ha sufrido un accidente o enfermedad laboral.

En tercer lugar y FUNDAMENTAL, es ponerse en contacto inmediato con un abogado o estudio jurídico laboral especializado en reclamos a ART .

Qué debo hacer al ponerme en contacto con un estudio jurídico laboral especializado?

Lo primero que debe hacer es brindarnos todos sus datos y datos de su lugar de trabajo así como un relato del accidente o enfermedad.

Lo segundo es aportarnos documentación, de hecho puede hacerlo enviándonos un WhatsApp con fotografía de su recibo de sueldo su DNI, estudios médicos realizados y cualquier formulario o constancia que haya sido entregada o recibida por la ART incluyendo la constancia de alta si ya la tiene.

Porqué debo comunicarme con un abogado en cuanto sufro un accidente de trabajo o enfermedad laboral?

Porque habitualmente las compañías aseguradoras suelen reducir estas indemnizaciones. Es decir que hay que controlar el trabajo que realiza la compañía aseguradora de riesgos del trabajo ART para evitar abusos contra el trabajador.

Este tipo de abusos pueden manifestarse de la siguiente manera: errar el diagnóstico, plantear que el origen del accidente o enfermedad no tiene relación con el trabajo sino que es un problema particular del trabajador, o dar el alta de manera apresurada o temprana dejando al trabajador con dolencias o secuelas del accidente.

Todo esto redunda en un beneficio por reducción de gastos a favor de la aseguradora en perjuicio directo al trabajador.

Como trabajador, tengo derecho a percibir una indemnización en caso de sufrir un accidente de trabajo?

Todo trabajador que sufre un accidente de trabajo o enfermedad laboral tiene derecho a una indemnización.

Cómo puedo reclamar una indemnización, a quién se la tengo que reclamar? Y a quién tengo que contratar para reclamarla?

La indemnización debe pagarla la compañía aseguradora de riesgos del trabajo que ha contratado el empleador, por lo tanto el empleador no abona ninguna indemnización y no hay reclamo contra el empleador que lo perjudique, solamente se le reclama a la ART (compañía aseguradora) y el trabajador puede continuar con su empleo sin mayores inconvenientes ni perjuicios para el empleador. Desde este punto de vista, se considera un trámite más, donde el la relación entre el empleador y el trabajador no se ve afectada.

Para poder reclamar una indemnización a la ART es necesario contratar a un abogado o estudio jurídico especializado en accidentes del trabajo para evitar reducciones ilegales arbitrarias y así obtener el dinero que por ley le corresponde.

Qué tipo de abogado o estudio jurídico debo contratar para reclamarle la indemnización a la ART?

Lo más recomendable en todos los casos es contratar al estudio jurídico LABORAL especializado en la materia. El derecho y la abogacía se compone de muchas ramas y especialidades. Es por eso que se hace muy difícil trabajar para un solo abogado en todos los temas, no pudiendo éste abarcar, por razones de tiempo conocimiento y práctica, todas ellas en una sola persona.

Cuánto me cuesta contratar a un abogado para reclamar la indemnización y cuando me cobra?

Nuestro estudio trabaja siempre a resultado. Nunca cobramos ningún dinero de honorarios al cliente hasta que el cliente firma el acuerdo con la compañía de seguros y percibe la totalidad, o la primer cuota del acuerdo.

Esto significa que trabajaremos para usted sin que usted tenga que desembolsar ningún dinero hasta que usted cobre. Sólo necesitaremos su presencia en el estudio y su firma en telegramas y escritos judiciales de ser necesario. En ocasiones es necesario que concurra a nuestro médico legista para que verifique que el accidente o la enfermedad es de mayor gravedad e importancia que la observada por la compañía de seguros y establecer cuál será el cálculo de dicha indemnización. Pero siempre sin abonar ningún dinero hasta que ustedes cobre. Nuestras honorarios sólo serán perseguidos en el momento que se inicie el cobro de su indemnización. También procuramos quitarle el menor tiempo posible de sus ocupaciones cotidianas.

Qué trámite se tiene que hacer para cobrar la indemnización y cuánto demora?

Las tres etapas básicas de este reclamo consisten en el envío de telegramas y su intercambio con carta documento entre usted y la  a r t.

Luego se deberá concurrir a la comisión médica que determinará su grado de incapacidad a efectos de poder calcular cuál será su indemnización.

Y por último en caso de no estar conforme con lo dictaminado por la comisión médica, el caso se judicializa llevando el reclamo ante la Justicia Nacional del Trabajo.

En el caso de cerrar el acuerdo en la etapa de comisión médica la indemnización será percibida a muy pocos meses de iniciado el reclamo. Deberá considerarse mayor tiempo para el caso de concurrir ante los tribunales.

Que es un accidente in itinere? Puedo reclamar?

Un accidente in itínere es aquel que se produce yendo o volviendo de su trabajo. Si ese trayecto se produce sin desvíos ni alteraciones, demore lo que demore, usted tendrá derecho al cobro de la indemnización correspondiente.

Dónde y cómo se reclama la indemnización?

En primera instancia el reclamo se realiza ante la Comisión Médica de la SRT (Superintendencia de Riesgos del Trabajo). Previo reclamo y exámen médico y/o de estudios médicos, emitirán un dictámen indicando el porcentaje de incapacidad de quien reclama y el monto a abonar. En caso  de considerarlo justo, se procederá a las tramitaciones para efectuar el cobro.

Que pasa si no estoy conforme con el dictámen de la Comisión Médica?

Si del resultado del dictamen, vemos que el monto que resulta es muy bajo, recomendaremos seguir en reclamo en sede judicial. Esto puede ocurrir en algunos casos aunque últimamente no se ha dado con tanta frecuencia como los primeros meses en que este sistema comenzó a implementarse.

Quien decide si se continúa el reclamo en sede judicial o se acepta el dictamen de la Comisión Médica?

Nuestra tarea es asesorarlo. Pero Usted es quien tiene la última palabra y decide si se continúa el reclamo o se tiene por aceptado en dictamen de la Comisión Médica.

Cuanto tengo que esperar para cobrar si se sigue con el reclamo en sede judicial?

Los tiempos son muy variables, pero tomando un caso promedio, usted debe calcular 2 años más, según los casos que estamos teniendo en la actualidad. Desde ya habrá que adicionarle cualquier demora o contratiempo de carácter extraordinario.

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